Indemnización a los interinos. Una auténtica cabriola jurídica

Indemnización a los interinos. Una auténtica cabriola jurídica

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Escrito por publicada en Área Jurídica

En una auténtica cabriola jurídica, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, aplica la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre los interinos y considera que la extinción de la relación laboral con un interino es análoga a un despido objetivo y por tanto, se considera procedente la extinción, pero con derecho a percibir una indemnización de 20 días establecida por el Estatuto de los Trabajadores (ET) para los despidos objetivos de un trabajador fijo.

O sea, que aunque no esté en el ET y transpuesto al ordenamiento jurídico español, por analogía, despido objetivo y 20 días/año + 15 del preaviso. Menos mal que no han considerado que es un improcedente, porqué ¿por qué no?.

Dios mío, que inseguridad jurídica esta jurisdicción social. Así están acojonadas las empresas de contratar, porque al descontratar no saben la cantidad de pasta que les va costar la broma, pero se imaginan que mucha y no les falta razón.

La idea del contrato único de Ciudadanos con indemnización previa establecida no es ninguna mala idea. Daría seguridad jurídica y todo el mundo sabría a qué atenerse. El problema será los derechos adquiridos y la radical oposición de los sindicatos, en su mal interpretada defensa de los trabajadores, puesto que a más seguridad jurídica mayor contratación, menos paro y menos empleo sumergido.

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