Trampas y trampitas en la declaración de la renta

Trampas y trampitas en la declaración de la renta

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Apenas quedan tres semanas para presentar la declaración de la renta del ejercicio 2015 y a estas alturas todavía queda gran parte del país pendiente de enviarla a la Agencia Tributaria. De momento no tienen prisa. Saben que hasta el último momento podrán darle al ‘clic’ del ratón y cumplimentar el trámite confirmando el borrador o darle la orden al gestor de que la presente después de conocer el resultado. Puede también que a algunos contribuyentes el borrador no les haya convencido. Les sale a pagar mucho o a devolver poco y no dejan de pensar cómo sacar el mayor provecho posible, mientras apuran el tiempo.

En este aspecto, absolutamente todos los contribuyentes pensamos en aplicar las mayores deducciones posibles comprendidas dentro de nuestra actividad económica del último año con tal de minorar al máximo el impuesto que acabaremos pagando o de aumentar la devolución que Hacienda pueda adeudarnos. Nadie la presenta sin revisar o, al menos, sin conocer el resultado y sin dedicar un tiempo a pensar cómo mejorarlo. Es en este momento cuando debemos tener cuidado con las tentaciones y no incluir aquello que no podamos justificar o aquello que no sea objeto de deducción. ¿Qué pasa si esto sucede?

Quede claro que no pretendemos detallar en este artículo qué podemos deducirnos o qué no, ni cómo hacerlo tratando de burlar a la Agencia Tributaria. Más bien al contrario, vamos a valorar el riesgo de aprovecharnos de la presentación de la declaración de la renta y que cada uno decida después.

Existen muchos tipos de infracciones tributarias pero en este artículo nos vamos a centrar en el supuesto que he mencionado: el de declarar un resultado inexacto. En este sentido, diremos que es una infracción tributaria dejar de abonar total o parcialmente la deuda tributaria resultante de la práctica de la declaración, no presentarla de forma completa o correcta (como confirmar un borrador erróneo) u obtener indebidamente devoluciones de Hacienda.

Si incurrimos en uno de estos supuestos habremos defraudado a la Hacienda Pública y nos veremos obligados a cumplir con una sanción que puede ser calificada de leve, grave o muy grave. Existen múltiples criterios para determinar la calificación de la sanción pero, en líneas generales, diremos que siempre será grave cuando exista ocultación de datos y siempre muy grave cuando se hayan utilizado medios fraudulentos (no llevanza de contabilidad, contabilidad falsa, contabilidad ‘b’, uso de facturas falsas, etc). La sanción leve acarrea un recargo del 50% de la base de la sanción; la grave entre el 50% y el 100% y la muy grave entre el 100% y el 150%.

Llevemos esto a la práctica: hemos ido a presentar la renta a través de la gestoría y hemos convencido al gestor para incrementar las deducciones a pesar de no poder justificarlo. Con esta trampita, ahora nos sale menos a pagar o nos devuelven más. Supongamos que la declaración de la renta nos salía a devolver 300€ pero con este incremento de las deducciones nos devuelven 900€. Nos vamos más contentos aunque sabemos que asumimos un riesgo al solicitar una devolución mayor de la que nos correspondía.

Recibimos una carta de la Agencia Tributaria, nos han pillado y no podemos justificar esas deducciones. Acudimos al gestor, que no puede hacer demasiado, “yo ya te lo advertí”, dice. En este caso la sanción sería leve por no alcanzar la cuantía mínima -a pesar de la ocultación de datos-, por lo que deberemos pagar lo defraudado 600€ + otros 300€ (50% de la base de la sanción); en total 900€ más intereses, claro.

Este es un ejemplo sencillo y genérico. De hecho, en cada fraude se puede haber incurrido en diversas infracciones y Hacienda lo desglosará y calificará como proceda, aplicando la sanción correspondiente a cada una para, finalmente, proponer una liquidación. Imaginen grandes cuantías cuyas sanciones son mayores y sus intereses también.

Al final, va a depender de muchos factores que el fisco detecte irregularidades pero, como he dicho antes, no pretendemos servir de guía para los defraudadores, sino tan sólo poner en sobre aviso a aquellos que pretenden aprovechar la declaración de la renta para obtener unos ingresos extra o para paliar el pago del impuesto a través de deducciones falsas o inexactas. Aplíquenlo y justifíquenlo como toca para evitar sanciones. La Agencia Tributaria pesca a uno de cada tres defraudadores y ustedes ahora ya saben lo que se juegan.

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