Primera sentencia del Tribunal Supremo a una empresa por su responsabilidad penal

Primera sentencia del Tribunal Supremo a una empresa por su responsabilidad penal

Valoración de 5 sobre 5
Escrito por publicada en Área Jurídica Etiquetada , ,

Son las 8 de la mañana y todavía medio dormido se acerca una azafata que me pregunta si quiero la prensa, a lo que respondo afirmativamente. Evidentemente esto no es lo más importante de este blog, sino la noticia que venia recogida en el periódico.

“PRIMERA CONDENA DEL TRIBUNAL SUPREMO A UNA EMPRESA POR SU RESPONSABILIDAD PENAL”

Es cierto que la Sentencia se esperaba desde hace tiempo en los círculos jurídicos pero sin duda es muy importante y es que por primera vez en la historia de España se ha procedido a dictar a condenar penalmente a una empresa.

Digo que se esperaba porque, se estaba juzgando a dicha empresa y a sus representantes por un delito contra la salud pública en el que la empresa y sus representantes habían utilizado su compañía para transportar más de 6.000 kilos de cocaína escondida en maquinaria que importarían y exportarían entre la península y Venezuela y todo indicaba que les habían pillado con las manos en la masa.

Hay varias cosas sorprendentes en esta resolución aparte de ser la pionera como hemos dicho. La primera la falta de consenso en el propio Tribunal ya que de los 15 miembros, 7 han emitido de una u otra forma votos particulares, es decir no están conformes del todo con la Sentencia.

La segunda es que diferencia entre empresas creadas únicamente para delinquir y empresas con actividad que puntualmente son usadas para delinquir. Sobre estas últimas manifiesta la necesidad de intentar proteger los puestos de trabajo existentes.

La tercera va en consonancia con la anterior y es que el tribunal modifica la sentencia de instancia, excluye de la condena la obligación de disolver la sociedad pero, ¡¡le obliga a la empresa a pagar 775 millones de euros!! ¿De verdad se creen los Jueces que imponiendo una multa de 775 millones de euros no van a obligar a la empresa a disolver? El refranero español que tiene respuesta para todo ya nos dice que de buenas intenciones está empedrado el infierno.

La cuarta la dificultad de las empresas para defenderse en este tipo de procedimientos ya que lo normal es que el administrador esté preocupado por defenderse a si mismo y pueda dejar a la sociedad en una manifiesta indefensión.

Por último la sentencia nos resume cuales son los requisitos que los Tribunales deben tener en cuenta para apreciar la culpabilidad penal de una empresa, evidentemente la comisión de un delito y además que se incumpla la obligación legal de establecer medidas de vigilancia y control.

Evidentemente en EFE&ENE, no podemos evitar que cometas un delito pero si que cumplas con las medidas de control y vigilancia para tu empresa.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.