Todos ustedes conocen el refrán “más vale pájaro en mano que ciento volando”, al que hago mención, pues si bien es cierto que en algunas comunidades autónomas resulta más caro donar que heredar, también lo es que hoy contamos con una bonificación, tanto en donaciones como en sucesiones, con la que no sabemos si podremos contar en un futuro. Por esta única razón, podría resultar recomendable traspasar en vida nuestro patrimonio o parte de él a nuestros herederos.
Otras razones, como la posibilidad de romper la progresividad del impuesto, harían más ventajosa la donación fraccionada de bienes, impidiendo así porcentajes de gravamen más elevados.
Tampoco hay que olvidar que la donación puede tener repercusión fiscal en la renta del donante como consecuencia de la existencia de una ganancia patrimonial, por una diferencia positiva entre el valor de adquisición y el de transmisión -que en todo caso deberá coincidir con el de mercado-.
Habremos de valorar por tanto todos los impuestos implicados, pues también puede ocurrir que la donación se haga necesaria para repartir entre los hijos la carga fiscal por las rentas recibidas por inmuebles.
Sin embargo, no es únicamente el criterio impositivo el que debe prevalecer a la hora de tomar este tipo de decisiones ya que, en ocasiones, lo que apremia es la necesidad de ayudar a un descendiente.
En definitiva, unas u otras opciones tendrán sentido -o no- sólo en función de sus circunstancias específicas. Si tiene dudas en este tema, lo único que tiene que hacer es consultar y ver en su caso concreto qué es lo más conveniente.