En un escenario como el actual, con los tipos de interés en mínimos, donde los depósitos a plazo ofrecen una rentabilidad muy baja y a la renta fija le queda poco o escaso recorrido, por no decir que algunas emisiones ya cotizan con rentabilidades negativas, algunos inversores se están planteando como estratega alternativa, rentabilizar su cartera de inversión con los dividendos. Pero vamos a reflexionar al respecto:
- No siempre interesa invertir en compañías con alta rentabilidad por dividendo. Lo importante es la capacidad de pago, es decir, invertir en empresas que generen beneficios recurrentes. Un rango de rentabilidad razonable en el contexto actual estaría entre el 3%-5%.
- La perspectiva con la que se debería considerar esta estrategia es la del retorno total de la cartera. Esto quiere decir que en el largo plazo, la rentabilidad por dividendo puede suponer hasta el 50% de la rentabilidad total de las acciones. Y estos ingresos son recurrentes. Suele haber cierta correlación si se considera que las empresas que pagan dividendos regularmente tienen un perfil defensivo y tienen menor volatilidad en sus cotizaciones. Aunque esto, no siempre es así.
- Hay que tener en consideración que el pago del dividendo no está asegurado. Va a depender de la coyuntura, la evolución del negocio, la situación financiera de la empresa, la política de retribución que se apruebe… No hay obligación legal de repartir dividendos. Las compañías de la bolsa española, se caracterizan porque históricamente han pagado unos dividendos superiores a la media.
- La rentabilidad por dividendo depende de dos factores: de la cantidad de los beneficios que se generen y se destinan a retribuir al accionista y de la cotización de la acción. Al final, dicha rentabilidad es un cociente entre el pago y la cotización. Como el denominador y el numerador pueden variar, se determina el porcentaje resultante. Algunas empresas anuncian políticas de dividendos interesadamente, con fines distorsionadores, como pudiera ser el de mantener el precio de la acción. En otros casos se ha llegado a ver cómo se reparte en dividendos un importe superior al beneficio generado por la empresa, descapitalizando una filial para “maquillar, sostener o apuntalar” la cuenta de resultados de una “matriz”. También el caso de reparto de dividendos procedentes de beneficios extraordinarios, como algo circunstancial, pero no recurrente.
- La fórmula de “scrip dividend”, tan puesta de moda últimamente, da la opción de cobrar el dividendo en acciones (para lo que la empresa suele aumentar capital), en efectivo (para lo que debe solicitarlo) o parte en acciones y parte en efectivo. Desde un punto de vista del inversor, la mayoría de los expertos prefiere el abono en efectivo, para no afectar a la situación financiera de la compañía. Esta opción, sería interesante, si se simultánea con una recompra en acciones que neutralice el impacto negativo de tener nuevas acciones cotizando en mercado.
- Para que la cartera pueda rentabilizarse, hay que busca compañías que ofrezcan rentabilidades razonables y con capacidad de generar caja y beneficios para pagar los dividendos. Empresas sólidas y con buenos resultados. En un escenario de tipos de interés bajo, la rentabilidad por dividendo resulta atractiva.
- Además de todo lo comentado anteriormente, es importante que las compañías tengan potencial de revalorización a medio plazo. De hecho, el dividendo se descuenta de la cotización de la acción cuando es abonado. Lo interesante es que ese dividendo descontado del precio de la acción, se recupere rápidamente. Es muy importante tener presente que en bolsa no hay nada seguro, pero se pueden tener referencias a la hora de invertir, como las cotizaciones en relación a las valoraciones que se publican por los analistas.
- Otro aspecto a tener en cuenta es la fiscalidad. La reforma fiscal que entró en vigor en 2015 afecta a las rentas del ahorro en general y a la retribución al accionista en particular. Entre las novedades más importantes destaca que se eliminó la exención de los primeros 1.500 euros cobrados como dividendo. También se modificó la retención en las rentas del ahorro. Se redujo la retención del 21% al 20% desde enero a junio y a partir de julio de 2015, con la entrada en vigor del RD-Ley 9/2015, quedó fijado en el 19,5%. Así, la nueva tarifa fiscal transitoria para las rentas del ahorro en 2015 fijó los tipos a nivel intermedio entre los aprobados en enero, para 2015 (20%, 22% y 24%), y los que estaban previstos para 2016 (19%, 21% y 23%), dejándolos en el 19,5% para los primeros 6.000 euros, en el 21,5% hasta los 50.000 euros y 23,5% a partir de 50.000 euros. La reforma fiscal también incorpora una novedad sobre los derechos de suscripción preferente que afecta a la retribución “scrip dividen”; Durante los ejercicios 2015 y 2016, la venta de los derechos en el mercado tributa como ganancia patrimonial y a partir de 2017 se igualará su tratamiento fiscal con el de los dividendos.
- Las empresas de la Bolsa española repartirán cerca de 25.400 millones de euros en dividendos con cargo a 2016, según las previsiones de los analistas. Supone un descenso del 3,3% respecto al importe de 2015. Enero, mayo, junio y julio son los meses en los que se reparte la mayor cantidad de dinero, entre 2.000 y 4.000 millones al mes.
- La reforma del mercado de valores que ha entrado en vigor recientemente, modifica el sistema de compensación y liquidación de valores en España. Afectará al cobro de dividendos. Hasta ahora para tener derecho al cobro del dividendo era necesario ser accionista de la compañía en la sesión anterior al pago. Con la reforma habrá que ser titular de las acciones tres días antes.
Si tiene alguna duda al respecto, no dude en consultar con un profesional del asesoramiento.
“Aviso legal: En ningún caso el presente estudio supone una recomendación personalizada o informe de inversión. Es un documento meramente informativo. Para poder llevar a cabo una recomendación personal Familia y Negocio consultores EAFI, S.L. (En adelante Familia y Negocio) tendría que estudiar las circunstancias personales del cliente al que van dirigidas no siendo este el caso. Familia y Negocio no responderá del uso de la información que aparece en este informe que es meramente informativa. Bajo ninguna circunstancia podrá entenderse que el presente documento constituye una oferta de compra, venta, suscripción o negociación de valores u otros instrumentos. Ninguna parte del presente estudio puede ser copiado, fotocopiado o duplicado en ningún modo, forma o medio. Se deja expresa constancia de que el presente estudio no representa un informe de inversión y de que Familia y Negocio no responde bajo ninguna circunstancia por la utilización o seguimiento del mismo”.
Mensaje bme,enagas y mapfre