Cómo incrementar la pensión por jubilación

Cómo incrementar la pensión por jubilación

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Como saben, la Seguridad Social permite el complemento de la pensión contributiva de jubilación (también de incapacidad permanente o viudedad) para el caso de nacimiento de hijos y que, inicialmente, se dirigía exclusivamente para favorecer a las mujeres, en compensación por su contribución a la demografía española que, a largo plazo, contribuirá a mantener el vigente sistema de pensiones de la Seguridad Social.

Con posterioridad, supimos que dicho complemento se regularizaría también en beneficio de los hombres, después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) determinase que existía discriminación por razón de sexo en la normativa española que contemplaba este incremento de la pensión solo en las mujeres.

En cualquier caso, sea usted hombre o mujer, le va a interesar la situación actual de este complemento, que le favorecerá directamente si es usted beneficiario o que incrementará los ingresos de su unidad familiar para el caso de que pueda resultar beneficiario su cónyuge.

Atentos: por lo que respecta al incremento en cifras, su pensión puede incrementarse entre un 5 y un 15% durante toda la vida de la pensión, para las pensiones concedidas entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021. Recordemos, además, que estas pensiones son de 14 pagas anuales.

La única duda que quedaba por resolver era saber desde cuándo podrá cobrarse dicho incremento de la pensión, algo que el Tribunal Supremo, mediante la reciente sentencia de 17 de febrero de 2022, ha considerado que debe abonarse por el INSS desde la fecha de efectos de jubilación, es decir, se reconoce dicho complemento con efectos retroactivos a los hombres que cumplan con los requisitos y siempre que no hayan trascurrido más de cinco años desde la fecha de la jubilación.

A modo de ejemplo, si usted tuvo dos hijos y se jubiló el 1 de mayo de 2018, el INSS deberá abonarle el 10% de su pensión por 14 pagas por cuatro años y, además, mantener ese incremento del 10% en las 14 pagas anuales durante el resto de su vida.

Por último, pese a que el procedimiento es relativamente sencillo, deben saber que el INSS suele desestimar las peticiones de inicio, por lo que recomendamos el apoyo de un profesional cualificado en su reclamación inicial y, especialmente, si debe resolverse judicialmente. En Efe&Ene valoraremos su caso particular y le ayudaremos a conseguir el incremento de su pensión por jubilación, incapacidad permanente o viudedad.

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