Clausulas suelo. Visto para sentencia.

Clausulas suelo. Visto para sentencia.

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Algunos abogados especializados en productos financieros llevábamos meses esperando el día de hoy. Por fin se ha reunido el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para debatir si el Tribunal Supremo actuó correctamente cuando acordó que los afectados por las famosas clausulas suelo únicamente debían recuperar el dinero abonado de más a las entidades financieras desde el 9 de mayo de 2013, fecha de la famosa Sentencia de Tribunal Supremo.

Estaba claro que hoy no sabremos el resultado del juicio y que tendremos que esperar hasta el próximo mes de Julio para conocer si el Tribunal Supremo actuó correctamente o por el contrario ideó una arquitectura jurídica para que la banca no tuviera que asumir cuantiosas devoluciones de capital a sus clientes. Es en el mes de Julio cuando el TJUE debe dirimir si es competente para resolver dicha cuestión, si los bancos actuaron de buena o mala fe y lo más importante si a pesar del varapalo financiero que supondría a las entidades financieras la retroactividad total de la cláusula suelo, pesa más la justicia sobre los consumidores o el sistema financiero.

A día de hoy las cifras no están claras. Mientras que las asociaciones cifran el montante que tendrían que devolver a los clientes entre 5.000 y 7.500 millones de euros las asociaciones de afectados lo acotan a 5.800 millones de euros.

Sea cual fuere las cantidades que tendrían que devolver las entidades financieras, lo cierto es que las mismas no tienen carácter indemnizatorio y que no debemos olvidar que se trata de cantidades que los bancos han sustraído de manera torticera a sus clientes y por tanto debe proceder la devolución de las mismas.

No debemos olvidar que el Tribunal Supremo ya ha reconocido la nulidad de dichas clausulas y que nadie pone en duda que el TSJE también lo va a realizar. Ya el Tribunal Supremo acordó la dificultad de los clientes consumidores de entender que firmando una hipoteca a un índice variable el mismo resulta que a la mínima de cambio no era así y se convertía en fijo. Durante mis estudios en la facultad y en los años que llevo ejerciendo esta profesión siempre se me ha enseñado que lo que es Nulo es como si no hubiera existido y que cuando una prueba se declara nula, por muy clave que sea en el juicio se tiene por no aportada a autos.

El TJUE tiene sin duda una oportunidad de única de enseñarnos que en todos estos años de ejercicio no estábamos equivocados y que lo que es justo es justo por mucho que produzca un trastorno grave a varias entidades financieras otorgando de nuevo a los consumidores la posibilidad de reclamar lo indebidamente pagado desde la aplicación de la cláusula suelo.

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